Tribunal de Evaluación Curricular de Curso
Normativa de evaluación del aprendizaje en las titulaciones oficiales de Grado y Máster Universitario de la Universidad Politécnica de Madrid (aprobada por Consejo de Gobierno en su sesión del 26 de mayo de 2022)
Artículo 8. Tribunal de Evaluación Curricular de Curso
- En cada curso de cada titulación, la Junta de Centro designará un Tribunal de Evaluación
Curricular de Curso. - Las funciones de Secretario/a del Tribunal de Evaluación Curricular de Curso las realizará el
Secretario/a Académico/a del Centro que tendrá voz pero no voto. - Junto con el Presidente/a y Secretario/a, el Tribunal de Evaluación Curricular de Curso estará
integrado por otros cuatro profesores/as, preferente coordinadores de asignatura del Centro,
de entre los que impartan docencia en la titulación. Se procurará que dicho profesorado sea
de diferentes asignaturas y tendrá vinculación permanente con la Universidad. - La designación del Tribunal de Evaluación Curricular de Curso deberá realizarse cada curso
académico como parte del Plan Anual Docente. - Cuando titulaciones distintas sean impartidas en un mismo Centro y tengan algún curso
común, la Junta del Centro podrá acordar la existencia de un único Tribunal de Evaluación
Curricular de Curso para dicho curso y las titulaciones que lo compartan. - El Tribunal de Evaluación Curricular de la Titulación podrá actuar también como Tribunal de
Evaluación Curricular de Curso de esa misma titulación, para uno o varios cursos diferentes,
si así lo designa la Junta de Centro.
Tribunal de Evaluación Curricular de Curso
Curso 2023-24
Presidente | D. Jesús VELASCO GÓMEZ |
Secretaria | Dña. Mª Teresa FERNÁNDEZ PAREJA |
Vocal | D. Ramón Pablo ALCARRIA GARRIDO |
Vocal | D. César GARCÍA ARANDA |
Vocal | D. Íñigo MOLINA SÁNCHEZ |
Vocal | D. Julián AGUIRRE DE MATA |