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Tribunal de Evaluación de Prácticas Académicas Externas

Normativa de evaluación del aprendizaje en las titulaciones oficiales de Grado y Máster Universitario de la Universidad Politécnica de Madrid (aprobada por Consejo de Gobierno en su sesión del 26 de mayo de 2022)

 

Artículo 5. Tribunal de evaluación de prácticas académicas externas

5.1.- Evaluación de las prácticas académicas externas curriculares

  1. Con el fin de evaluar las prácticas académicas externas curriculares que con fines
    académicos realicen los estudiantes de cada titulación en el marco del proceso formativo
    regulado por el correspondiente plan de estudios, el Director/a o Decano/a del Centro
    designará, para cada titulación, a los miembros que formarán el Tribunal de Evaluación
    de Prácticas Académicas Externas. En cuanto a la metodología de procedimiento se
    estará a lo dispuesto en las normativas específicas de la UPM, respectivamente, sobre
    Prácticas Académicas Externas y sobre Reconocimiento y Transferencias de Créditos,
    aprobadas por Consejo de Gobierno.
  2. Podrán formar parte de estos tribunales el profesorado que tenga vinculación con la
    universidad durante el curso académico completo. En todo caso, los y las integrantes del
    tribunal de evaluación de las prácticas académicas externas de cada titulación deberán,
    preferentemente, impartir docencia en dicha titulación durante el curso para el que se designe
    el tribunal.
  3. El tribunal de evaluación de las prácticas académicas externas será único para cada titulación
    y estará formado por al menos tres profesores/as del Centro que cumplan los requisitos
    señalados en el punto 2 de este artículo. El Director/a o Decano/a del Centro, en el momento
    de designar a los miembros del tribunal especificará quiénes de entre ellos ejercerán las
    labores de Presidente/a del tribunal y de Secretario/a del tribunal, siendo el resto vocales.
  4. La designación del tribunal de evaluación de las prácticas académicas externas de cada
    titulación deberá realizarse cada curso académico con anterioridad a la aprobación del Plan
    Anual Docente.
  5. Una vez designados estos tribunales, únicamente podrán ser modificados durante el curso
    académico, por causa de fuerza mayor o cualquier otra causa legal que concurra en alguno
    de sus integrantes. La sustitución se realizará mediante una nueva designación de los y las
    integrantes del Tribunal por parte del Director/a o Decano/a del Centro, informándose de ello
    a la Junta de Centro.


5.2. Evaluación de las prácticas académicas externas extracurriculares

En cuanto a la metodología de procedimiento para la evaluación de las prácticas académicas
externas extracurriculares se estará a lo dispuesto en la normativa específica de la UPM sobre
Prácticas Académicas Externas aprobada en Consejo de Gobierno.

 

 

 Tribunal de Evaluación de Prácticas Académicas Externas curso 2023-24

Presidente D. José Juan ARRANZ JUSTEL
Secretaria Dña. Mª Teresa FERNÁNDEZ PAREJA
Vocal D. Ramón Pablo ALCARRIA GARRIDO
Vocal D. Jesús VELASCO GÓMEZ
Vocal D. César GARCÍA PÉREZ